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Fallos: 40:308 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Quinta pregunta: Que el declarante está facultado por deereto espedido por el Gobierno de Santa Fé, para representarlo en los actos de escrituracion de terrenos espropiados para ferrocarriles, y proceder en la forma que lo ha hecho, y que en tal virtud ha intervenido en muchas otras análogas úá esta.

Contestó: Que está autorizado para firmar las escrituras por el Gobierno, Sesta pregunta: De público y notorio.

Contestó: Que es.

Repreguntado: Diga si él remitió al señor Portalis el certificado donde constaba la extension del terreno expropiado al señor Vieyra.

Contestó: Que es cierto, y cree habérselo dado al señor Vieyra para que lo entregara al señor Portalis.

5" Copia del decreto espedido por el Gobierno de Santa Fé con fecha Octubre 18 de 1888, comisionado á don Federico Portalis, para que practique las tasaciones de los terrenos expropiados para los ferro-carriles de la Provincia.

6° Copia de otro decreto idem, con fecha Febrero 18 de 1889, creando una Direccion General de ferro-carriles Provinciales, y nombrando Director al señor Don Jonás Larguía.

7" Una escritura pública otorgada en Santa Fé en 18 de Mayo de 4889 de la cual resulta que Don Delfin Vieyra vendió al Gobierno de Santa Fé una fraccion de terreno compuesto de 12,477 y 20 centimos varas cuadradas para la prolongacion de la Estacion del Ferro carril de Santa Fé al precio de 124,779 pesos con 40 centavos m/n, precio aceptado por el compareciente y que en la escritura resulta haber sido recibido antes de este acto á su entera satisfaccion, aceptando tambien la escritura el señor Don Jnnús Larguía en su carácter de apoderado especial del Superior Gobierno de la Provincia, 8' Otro decreto del Gobierno de Santa Fé nombrando su apoderado especial al señor Don Jonás Larguía para las gestiones

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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:308 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-308

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