Caso. — En 12 de Julio de 1889 se presentó ante el Juzgado D. Julio Pessini, en representacion de la empresa del ferro-carril Nord-Este Argentino, esponiendo: que con arreglo á la ley de concesion y contrato celebrado con el Poder Ejecutivo Nacional en Junio 12 de 4886, venía 4 ejercitar el derecho de espropiacion sobre una área de 2500 metros de largo por 25 de ancho, de pertenencia de D. Eladio Guesalaga, con quien no había podido llegar á un acuerdo sobre el precio de ls espropiacion.
Que él ofrecía á razon de 30,000 pesos la Jegua cuadrada, la suma de 69 pesos 50 céntimos, cuya : ima depositó, pidiendo la posesion.
Citados las partes 4 compurendo y agregados los planos, sin cuya vista la parte de Guesalaga observó que nada podía determinar, el actor modificó la demanda, declarando que la hacía por la cantidad de 2950 metros de largo por 25 de ancho, ú ses 73.750 metros cuadrados, depositando otros 12 pesos 50 centavos, para completar la suma de 82 pesos moneda nacional que correspondía 4 esa área á razon de 30.000 pesos la legua.
D. Alejandro Mombello, por Guesalaga, contestó que el precio ofrecido no indemnizaba los perjuicios que causaba el fraccionamiento por el cual quedaban ú un lado las casas, corrales, aguadas, se dividían é inutilizaban tres potreros con sus alambrados que eran destinados á invernar hacienda, se inutilizaba un , puente depiedra y varios paredones del mismo material, fuera de los inconvenientes que tendría la hacienda en buscar lomas durante la lluvia y la escasez de pasos á nivel.
Pidió que por el precio del terreno y de la indemnizacion de perjuicios se le abonara la suma de cuatro centavos el metro cuadrado.
No habiendo podido llegar 4 un acuerdo, el Juez les invitó á nombrar peritos, habiendo el demandante nombrado áD, Francisco Resoagli y el demandado á D. Honorio Calvo.
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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:111
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