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Fallos: 39:315 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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CAUSA LXXXVI
1). Florentino Barros contra D, José Vasquez y 1). Manuel Diaz ; sobre posesion de una finca.

Sumario. — lu posesion dada judicialmente por consentimiento de quien no era poscedor, no perjudica la que tiene el poseedor verdadero que no fué parte en el juicio.

Caso. — El dia 4" de Mayo de 1889, D. Manuel Mendizabal, en representacion de D. José Vasquez, se presentó ante el Juez Federal y demandó á D. Manuel Diaz que le había vendido la finca calle San Juan número 1452, segun escritura de 16 de Julio de 1888 que acompañó, para que se le condenara á darle la posesion de dicha finca, 6á rescindir la venta y pagarle perjuicios que estimaba en 7000 pesos.

Dijo que la causa pertenecía al Juez Federal por ser oriental Vasquez y argentino Diaz.

Acreditada la competencia y conferido traslado, Diaz contestó que estaba conforme con que se diera la posesion, no pudióndolo hacer él personalmente por estar impedido.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-315

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