mezclarlo con agua á casa de Mezu. Salidos de este punto, llegaron en la tarde al lugar denominado Traitraico y aquí acercóndose bien Jara al caballero, le disparó varios tiros de revólver haciéndolo caer del caballo. En el acto se levantó y sacando un cuchillo trató de defenderse, pero fué derribado al suelo con un golpe que le dió Jara con su caballo, En este momento, intima= dos por aquel se bajaron de sus caballos y tomando al caído por Ia cabeza, Jara lo acabó de matar 4 puñaladas, Registrados los bolsillos por Jara, sacó de ellos algunos objetos, recordando, entre otros, un reloj y cadena, aml os blancos, de plata, y que es el mismo que se le presenta por el Juzgado y que fué encontrado en poder de Egidio Cea. Agrega que habiendo querido tambien registrar los bolsillos su compañero Heichaman, Jara se opuso á ello, haciéndolo retirarse á un lado. Despojado el cadáver de todo lo que quisieron quitarle, Jara esclamó: «de balde matamos á este gringo, porque no andaba trayendoplata >, En seguida metieron el cadáver enel hueco de un tronco botado, mataron el caballo y se fueron los tres ú casa de Heichaman, de donde Jara se fué al diasiguiente temprano, acompañúndolo el declarante hasta el valle de Allipin.
Se suspendió esta diligencia en este estado, ratificindose el reo en ella y esponiendo ser casado, agricultor, no sabe leer ni escribir, ni ha estado nunca preso. Para constancia firma el Sr, Juez de que doy fé, — Fuentes R.— Navarrete, Secretario interino.
En Temuco, á 19 de Julio de 1887, se hizo comparecer úla presencia judicial á Zenon Meza, el que juramentado é interro— gado en forma, espuso : que un dia, el 12 de Marzo del presente año, iba con un hermano suyo en direccion á Pedregoso, y en el lugar denominado « Las raices de Coipué », encontró ú Nata— lio Jara que iba en compañía de un caballero y dos indios lla— mados Juan Heichaman y Canin, por el camino que conduce á este pueblo. Se detuvo á hablar con Natalio Jara, para cobrarle
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:134
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