ran de corazon bastante grande para conservar el secreto pur toda su vida, Aceptaron la comision que se les encomendaba y á poca distancia se reunieron ú los que ya habían emprendido el viaje, siguiendo el camino juntos. Luego pasaron por cerca de la casa de Tomás Urra y ú ella se dirijió el estranjero con Canin donde compraron media botella de espíritu, lo que no habiendo podido beber por lo fuerte, pasaron todos á mezclarlo con agua á casa de un tal Meza. Algun rato despues de salir de este punto y llegando al lugar denominado Traitraico, el declarante dijo 4 Jara que allíse separaba y que pensaba tomar el camino de su casa, ú lo cual le replicó que por ese camino iba bien ; que 10 podía sepurarse porque el cacique Colitripai había ordenado dar muerte al estrangero y que él y su compañero debían ayudar.
Diciendo esto, se adelantó, se acerco al caballero y le disparó cinco tiros seguidos de revólver, cun lo cual el herido cayó del caballo y permaneciendo en pié sacó un cuchillo con el que trató de defenderse. Jara arremetió contra él y dándole un golpe con su caballo lo hizo caer á tierra, soltando el cuchillo, En este momento, Jara gritó dirijiéndose á Él y su compañero: e bájense indios brutos y ayúdenme ú matarlo y si no lo hacen al momento, los mato á ustedes tambien », y les apuntaba con el re— vólver, en el que le quedaban dos balas, Se bajaron ellos y tomando Canin al herido por la cabeza y el declarante por los piés, Jaralo ultimó á puñaladas. Acto contínuo se Fué sobreél, le rompió la ropa y registrándole los bolsillos sacó varios objetos y papeles que guardó; pero esclamaba: edebalde hemos muerto este gringo, porque no tenía plata >, y les mostró un billete de valor de diez pesos y otro de valor de uno, como todo lo que había encontrado. Al declarante le cupo apropiarse dos mantas gruesas indianas, el sombrero y un par de botas, objetos que reconoció ser los mismos presentados que le fueron por el Juzgado. Consumado el hecho, colocaron el cadáver en el hueco de un roble caido, le taparon con algunas ramas, mataron tum
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:132
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