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Fallos: 38:336 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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neciente á D. Alejo Bengochea, otorgado por el mismo juez de paz de Lujan, en 7 de Diciembre de 1887; 3 Un documento otorgado por el mismo juez donde dice que el Dr. D. Octavio Chaves ha depositado una cuenta con recibo otorgado por D. Hermenejildo Patel, proveniente de obras efectuadas en los techos de la casa perteneciente 4 D. Alejo Bengochea, presentado en pago del mes de Diciembre 1887, quedando el excedente de pesos 18.60 mn como parte del alquiler del mes de Enero; 4° Otro recibo otorgado por el mismo Juez de Paz en 10 de Febrero de 1888, de donde resulta que el Dr. D. Octavio Chaves depositó en el mismo Juzgado otros catorce pesos con cuarenta centavos nacionales, como complemento del alquiler del mes de Enero de 4888; 5" Otro recibo otorgado en la misma forma de donde resulta el depósito hecho en el juzgado de paz por el Dr. D. Octavio Chaves, de la suma de pesos 33 mn por alquiler de la casa de D.

Alejo Bengochea, correspondiente al mes de Febrero 1888 ; 6" Otro recibo en la misma forma y por la misma suma por alquiler del mes de Marzo 1888, otorgado vn 4 de Abril de 1888 por D. Casino Ramos, juez suplente en el juzgado de paz de Lujan; 7" Otro recibo en la misma forma y otorgado por el mismo juez suplente, D. Casiano Ramos, en 3 ie Mayo de 1888, de donde resulta el depósito hecho en el Juzgado de Paz de Lujan, por el Dr. D. Octavio Chaves, de la suma de 33 pesos moneda nacional, por alquiler del me, de Abril de 1888.

Remitidos los documentos anteriores por el juez de paz, y notificado D, Julian Ortiz, apoderado de Bengochva, dijo:

Que no estaba de acuerdo con las consignaciones hechas por D, Octavio Chaves.

Que no las aceptaba por su forma, pues no habían sido hechas en el Banco y á su órden, que nunca había recibido notifi

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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:336 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-336

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