el dominio ó condominio del terreno litigado en lo que respecto á los actores, debe reputarse fuera de cuestion.
Que en cuanto ú la posesion, que en lus circunstancias de la causa debe suponerse á favor de la sucesion ó su causante desde Ja fecha de los títulos de adquisicion, el demandado no ha ulegado ni acreditado acto alguno por el cual aquellos lo hayan perdido ú podido perderlo antes, de los hechos que dán lugar ú Ja demanda, y por el contrario, los demandantes han acreditudo con las declaraciones de fojas cuarenta y una, cuarenta y tres y cincuenta y cinco, haberla conservado en comun hasta la épeca de aquellos hechos, manteniendo constantemente una persona encargada del cuidado de esa como de las dos fracciones restantes de terreno, á que se refieren los documentos de fujas nueve y quince.
Que siendo así, el demandado ó su causante como sucesor á título singular de uno de los llamados ú:la sucesion, no ha podid», cualesquiera que fueren sus derechos ú la posesion del terreno indicado, tomarla por sí y de propia autoridud con menoscabo de la de los co-herederos restantes.
Por estos y los fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja noventa y tres, se confirma dicha sentencia con costas, y repuestos los sellos, devuélvanse los autos. Notifíquese en el original. |
FEDERICO INARGÚREN. — C. $. DE
LA TONE. — LUIS Y. VARELA.
Compartir
70Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1889, CSJN Fallos: 37:96
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-37/pagina-96¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 37 en el número: 96 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
