sion de agravios. Por toda contestacion se refirió á1o que había espuesto en dicho eserito, haciendo notar que las partidas que Tyden pretendía que debieran ser incluidas enla condenacion, suponian la vigencia del contrato durante los tres años.
Habiendo manifestado el Dr. Doract que entre los herederos de Jurado había menores, la Suprema Coste confirió vista nl De= fensor de incapaces. Este espuso:
Que siendo nulo el contrato social por no revestir la forma ordenada por la ley, Tyden había podido ser despedido por Jurado en cualquier tiempo, Que espulsado Tyden, solo ha debido cobras ú Jurado los be= nelicios adquiridos hasta el día de su salida, de nenerdo con el articulo 1663 del Código Civil.
Que el artículo 185 de la Ley de Procedimientos, no justifica la sentenvia, porque el hecho de haber incurrido Jurado en res beldía, no relevaba al Juez de examinar los antecedentes que podían habilitarlo para apreciar si el actor se había colocado en el límite justo de que habla squelta disposición, Pidió que <= revorara la sentencia declarándose que la suevs sion de Jurado   
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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:67 
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