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Fallos: 37:357 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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estaban á su cuidado y bajo la dependencia de los dueños, sin que estas personas hayan hecho observacion alguna ú Solari enando tomó la posesion, pues sabían que él erael dueño, Que tratándose de espropiar parte de ese terreno por la em= presa del ferro-carril 4 Sunchales, 1417 del Código Civil, Que si el Sr, Solari había dejado la posesión que tomó y en que estaba, por un acto voluntario, sin que nadie se lo hubiera disputado y sin que se lo hubiera ordenado ninguna autoridad, no era el eso de pedir la rescision del contrato, El Juzgado abrió la cansa ú prueba, y despues de producida esta y de alegado por las partes, el Procurador D, Cárlos Castilla manifestó que su pmlerdante D. Juan Solari había fallecido, pero que había recibido nuevo poder para continuar este juicio «legado por D. Abraban Piatti. vecino de San Nicolis, y tutor de la niña Albina Solari, ij del extinto, por lo cual pedía se le tuviera por legítimo representante de la menor, haciéndose constar que esta era la única heredera del demandante, El Juzgado proveyó que se diese participacion en el juicio al Defensor de Menores de la Provincia, y que se librase exhorto al Juez de 1 instancia de San Nicolás ú tin de que informase si existía juieis testamentario abierto ante su jurisdiecion con mo= tivo del fallecimiento del Sr. Solari,

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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:357 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-37/pagina-357

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