Aparte de todas estas consideraciones, el recurso de nulidad no procede contra los antos interlocutorios de los jueces Federales, como lo establece la Ley de Procedimientos en el artículo 231, y V. E. lo ha resuelto, (Fallos, Série 2, tomo 3", página 21).
En cuanto ú los mismos recursos que ha interpuesto el Sr.
Dantede la resoucion de foja 17 vuelta, son menos comprensibles los motivos que lo han determinado ú interponerlos ; pues lo hace de una providencia que sostiene el auto que se dictó 4 su »nlicitud, que no rontiene la declaración 4 que alude en
El recurso de mlidad no ha podido serinterpuesto por el Sr, Dante, por las mismas razones que no lo ha podido interponer la viuda de Yorki, y además porque no puede ser invocado por la parte favorecida por el auto, (Fallos, série 1°, tomo 4", página 67).
Por estas razones, piensoque V. E. debe confirmar por sus fundamentos, la resolucion recurrida. Deben reponerse los sellos.
Ruegos Ares. Setiembre 17 de 185.
tereasio F. Granel, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 1 de 1880.
Vistos: Sin perjuicio de que se proceda á proveer sobre la posesion y administracion de los bienes sociales, con audiencia
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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:263
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