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Fallos: 37:22 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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nu jurídica, y de conformidad con lo espuesto y pedido por el señor Procurador General en su precedente vista, se confirma con costas el anto apelado de foja treinta. Repuestos los sellos, devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA, — FEDERICO
IBARGÚREN.— C. S. DE LA TORRE.

—LUIS Y, VANELA,

CAUSA XCVI
El Fisco Nacional, contra los señores Medrano y Panthow, por cobro ejecutivo de derechos de Aduana.

Sumario. — Las cuentas sacadas de los libros fiseales, autorizadas por el encargado de llevarlos, son instrumentos públicos, y por el cobro de sus saldos, procede la accion ejeestiva.

Caso. — Por la Contaduría Nacional se practicó la siguiente liquidacion, de la cual resultan deudores del Fisco los señores

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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:22 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-37/pagina-22

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