nu jurídica, y de conformidad con lo espuesto y pedido por el señor Procurador General en su precedente vista, se confirma con costas el anto apelado de foja treinta. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA, — FEDERICO
IBARGÚREN.— C. S. DE LA TORRE.
—LUIS Y, VANELA,
CAUSA XCVI
El Fisco Nacional, contra los señores Medrano y Panthow, por cobro ejecutivo de derechos de Aduana.
Sumario. — Las cuentas sacadas de los libros fiseales, autorizadas por el encargado de llevarlos, son instrumentos públicos, y por el cobro de sus saldos, procede la accion ejeestiva.
Caso. — Por la Contaduría Nacional se practicó la siguiente liquidacion, de la cual resultan deudores del Fisco los señores
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Año: 1889, CSJN Fallos: 37:22
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