J. Arias, en el que se espresa: que en 4 de Febrero de 1887 D. Ramon Regino Gomez otorgó escritura de venta en favor de D. Carmelo Garcilazo de una fraccion de terreno ubicada en el Distrito Barrancas, la cual se compone de 1216 varas y 2/3 de frente al este, 6 sean 1053 metros 606 milimetros, principiando á correr desde 200 varas de la casa que ocupa el vendedor, ul este, hasta dar con la costa del rio que pasa por la ciudad de Coronda, teniendo de fondo mús de 4500 varas equivalentes á 3897 metros; lindando: por su frente, con el río; por el fondo, con más terreno del vendedor; por el norte, con Doña Pía Gomez de Zeballos y por el sud, con la sucesion de D. Pedro Ponce; dándose el vendedor por recibido antes del acto, del precio de 2400 pesos m/u, y declarando que la propiedad enagenada le corresponde en mayor úrea por herencia de sus finados padres D. Juan Gomez'y Doña Juana Alarcon, segun lojespresi la covia protocolizada en ei Registro del Escribano 1. Abraham Luque, en la ciudad de Santa Fé, á 7 de Mayo de 1864, en-— contrándose agregada la hijuela original, documento que el Escribano uutorizante declara haber tenido ú la vista y haber devuelto al interesado con la anotucion correspondiente, Testimonio espedido por el mencionado Escribano D. Juan J. Arias, por el que consta, que en la ciudad de Coronda á 47 de Febrero de 1887, D, Ramon Regino Gomez otorgó escritura de venta, en favor de D. Carmelo Garcilazo, de una fraseion de terreno ubicada en Barrancas, con todo lo en ella edificado, clavado y plantado, la eual se compone de 1216 varas y 2/3 de frente al este (1056 606) con un fondo, próximamente de 1500 varas (1299"), siendo el límite de este fondo, en rumbo oeste, un mojon que se halla á la legua desde el rio, desde cuyo límite consta de 1016 varas 2/3 (880" 332 mu) de frente, por una legua de fondo, igual á 6000 varas (5196), bajo los siguientes linderos: por su frente, con más terreno del comprador; por el fondo, con terreno de los Rodriguez; por el
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:66
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-66
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