Juan Montaní, dijo: que despues de celebrado el contrato de compra-venta entre D, Regino Gomez y D, Eduardo Raton éste celebró un convenio con el declarante para cortar ladrillos y hacer otros trabajos en el campo comprado, como asfinismo para explotar la leña del monte, habiendo el declarante hecho la cancha y el pozo.
Que tomó pose=:on del terreno en que hizo esos trabajos entre 14 y 15 de Febrero de 1887, sin estar cierto respecto de la fecha de ese mes, Que despues de haber empezado esos trabajos, los hizo suspender el mismo Comisario Alarcon.
Que ha oído decir que otro de los testigos que se hallaban en Secretaría, había cortado árboles, en el mi=ms campo, por órden de Raton.
Interrogado por el demandado, agregó: que los únicos trabajos que había hecho á Raton eran los pozos materia del contrato á que antes se ha referido, Que vivía en una casa pegada 4 la de Raton, cuya casa era de un señor Ponce, finado ya.
Que cuando se le mandó por Raton practicar los referidos trabajos, no había visto en el establecimiento, encargado alguno de Gurcilazo, Manuel Labin, declaró: que D. Eduardo Raton celebró un contrato con D. Juan Montani para el corte de ladrillos y otros trabajos en el campo que compró 4 D. Regino Gomez, Que Montaní hizo una cancha y cavó un pozo de cinco metros, siendo los trabajos suspendidos por el Comisario Alarcon, lo que sabía por haber sido en esa época dependiente de Raton, Que ltuton le dió poder ú Montaní, como el 30 de Enero de 1887, comenzándose el trabajo como ú último de Febrero pur no haberse encontrado peones, Que como el 10 de Febrero fué mandado el declarante ú cortar postes, por D. Eduardo Iaton, en el campo que este compró
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:63
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