Urraco contra la Provincia de Santa FC, citada de eviecion por D. Pedro Correa, en los que se absolvió á la Provincia de Santa Fé, con costas á D, Antonino Urraco.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 11 de 1889, Y vistos : Resulta lo siguiente :
Don Antonino Urraco, demanda á la Provincia de Santa Fé, por indemnización de daños y perjuicios, y fundando su demanda, dice :
Que es propietario de un terreno ubicado en el Departamento del Rosario, entre las propiedades de Vallejos, Grandoli y el rio Carcarañá, compuesto de tres mil doscientas varas de frente por cinco leguas más 6 menos de fondo, segun consta de los títulos que acompaña.
Que en el mes de Abril de 1867 el Gobierno de Santa Fé vendió al Gobierno Nacional, por intermedio de Don Juan M, Pedriel la mitad de dicho terreno, esto es, mil seiscientas varas de frente por cinco lezuas más 6 menos de fondo, habiendo vendido en el mismo mes y año la otra mitad á Don Pedro Correa, Que este último mantiene todavía los derechos adquiridos al campo, cuya reivindicacion gestiona ante la Suprema Corte, por haber salido ála eviecion dicha Provincia, porque el Gobierno Nacional, convencido de que el campo comprado por él no lo fué vendido por su verdadero dueño, abandonó sus derechos desde mil ochocientos setenta y seis.
Que la venta de cosa ajena, sabiendo ó debiendo saber el vendedor que no era suya, constituye un acto ilícito, que la ley prohibe, y que hace responsables ú sus autores por los daños y per= juicios que ocasione.
Que ú consecuencia de las ventas hechas por el Gobierno de
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:45
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