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Fallos: 36:262 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 22 de 1859, Vistos: por sus fundamentos, y de conformidad á lo dispuesto por el artículo diez de la ley de Aduana para el año mil ochocientos ochenta y ocho, y Decreto Reglamentario de treinta y uno de Diciembre de mil ochocientos ochenta y siete; se confirma con costas, la sentencia ap:lada de foja cincuenta y tres; y repuestos los sellos, devnélvanse.


DENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAU

FIMAS, — FEDERICO IBARGÚREN,
— €. 8. DE LA TORRE. — LUIS Y,

VARELA.


CAUSA LXXI
1. Antonio Marechal, contra el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, por interdicto ; sobre costas.

Sumario, — No procede la condenación en costas, cuando no se ha pedido por la parte vencedora,

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:262 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-262

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