acuerdo con lo establecido por el artículo 1036 de las Ordenanzas de Aduana, no pudiendo aceptarse como justificativo de ellos las constancias que arrojan los informes de la Aduana de la Asuncion, agregados ú foja..., desde el momento que con arreglo álas mismas Ordenanzas, los documentos no emanados de la Aduana son ineficaces para justificar la causa ó inocencia de la infracción, que es precisamente el objeto con que los invoca el apelante, Por estos fundamentos, y concordantes de la resolucion del Administrador de Aduana corriente á foja..., que el Juzgado encuentra fundados; y de acuerdo con lo pedido por el Procurador Fiscal, fallo: confirmandola resolucion apelada; y en consecuencia, prévia reposicion de sellos, devuélvase este espediente para su crm, Jimiento.
Andres Uyarriza.
VISTA DEL SEÑOR PROCUNADON GENEÑAL
Buenos Aires, Mayo 6 de 1889 Suprema Corte:
El hecho que ha dalo lugar ú esta causa, me parece satisfactoriamente esplicado por la relacion de foja 5, y lo espuesto por la Aduana de la Asuncion á foja 47, Por la bajante del río, el San Martin debía tomar, 5 comple= tar en Villeta, la carga que traía para puertos arcentinos.
Sulió en consecuencia de la Asuncion con el + »mijusto visado por el Cónsul de la República, como sí todo estuviera ú bordo.
Por la misma razon de escacez de agua, dejó parte de la carga constante del manifiesto visado, y el Cosmos, dela misma compuñía, que venía en lastre, 1a tomó.
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:260
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