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Fallos: 36:186 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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CAUSA LXNIII
El Doctor Don Manuel D. Pizarro, contra Don tiabviel Céspedes; sobre aumento de alquiler, ó desalojo y restitucion de terreno arrrendado.

Sumario. — Cuando se arrienda y entrega un terreno con ubicacion y límites precisos, y se procede en seguida por las partes ú cercarlo bajo los mismos límites y ubicacion, el arriendo es ad corpus, no obstante haberse indicado en el contrato la medida aproximativa, y se considera renunciado el derecho acordado por los artículos 1346 y 1347 del Código Civil Caso. — El Doctor Don Julio Deheza, por el Doctor Don Manuel D, Pizarro, se presentó al Juzgado Federal de Córdoba, esponiendo:

Que en 8 de Junio de 1886, su representado compró ú Don Juan Alies una estancia ubicada en el Departamento Anejos Norte, Pedanía de rio de Zeballos, de la cual se encuentra en posesion desde aquella fecha.

Que en virtud de la compra pusó al Doctor Pizarro el contrato de arrendamiento que Alies tenía celebrado con Don Gabriel

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:186 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-186

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