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Fallos: 36:129 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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sentencia apelada de foja ciento trece. Devuélvanse, repuestos los sellos.


BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO

FRIAS. — FEDERIGO IBARGÚREN,
— €. S. DE LA TORRE, — LUIS Y.

VARELA.


CAUSA LVII
El Fisco Nacional, contra D, Adolfo Gabastou ; sobre interdieto de despojo.

Sumario. --1° El hecho accidental que no es espresion de una ocupacion real y efectiva, no basta 4 demostrar la existencia de la verdadera posesion.

2" Entablado el interdicto de despojo, y opuesta solamente la escepcion de posesion de un año, debe ser admitido, si esta no ha sido probada, Caso.— En 2 de Enero de 1888 el Inspector del Parque 3 de Febrero, D. Gabriel Bouchez, dió cuenta al Gefe del Departa— 7, vt 9

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:129 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-129

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