Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 35:204 de la CSJN Argentina - Año: 1888

Anterior ... | Siguiente ...

El 12 de Diciembre presentó el Doctor Jacinto S. Perez, el escrito de foja 15, en que reitera, dice, la oposicion manifestada en su nombre y pide se le dé la participacion que le corresponde.

Sustanciada esta solicitud con traslado al representante de los derechos de la señora de Varas, el último, sin contestarlo pide ú su vez que por las razones que espone, se haga efectivo el lanzamiento contra el intruso señor Perez, sinó desaloja el campo dentro del plazo perentorio que le designe el Juzgado, haciéndole levantar á su costa, todo trabajo material que en él exista, si aquel no le hiciera.

Y considerando: 1° Que por la sentencia de este Juzgado de fecha 27 de Octubre de 1882, que confirmó la Suprema Corte el 29 de Noviembre de 1884 (foja 1) recaida en el litis que Doña Agustina Soler de Varas sostuvo contra Don Mauricio Daract, se declaró de su legítima propiedad el terreno que hácia el rambo norte, se encuentra comprendido dentro del límite que bajo la denominacion de «Toma de la Tosca Colorada» espresa la escritura de venta otorgada en 7 de Marzo de 1798 por Don Juan Manuel Panelo, en representacion de Doña Manuela Quiroga, á favor de Don Tomás Varas, reconociéndose así mismo como legalmente comprobado, que Don Jacinto Varas, esposo y antecesor de los derechos de Doña Agustina Soler de Varas, ha estado en plena posesion del lugar llamado

2" Que en ejecucion de esa sentencia y á solicitud del representante de la señora Soler de Varas, se ordenó la toma de posecion judicial del enunciado campo, y que llevó úá efecto del Juez de Paz respectivo, en el mes de Noviembre de 1885, sin observacion ni protesta de nadie (foja 149 vuelta, del espediente agregado).

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

90

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1888, CSJN Fallos: 35:204 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-35/pagina-204

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 35 en el número: 204 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos