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Fallos: 347:2187 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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MARCAS Y DESIGNACIONES
Para que se configure la transgresión del derecho marcario resulta necesario que la utilización de las palabras clave en los enlaces patrocinados de un buscador -Google- pueda provocar confusión directa o indirecta, o bien, tratándose de una marca notoria, al menos algún grado de conexión o asociación con el titular marcario y el examen de este requisito debe ponderarse especialmente la forma en que se presenta al usuario el anuncio que emerge como resultado de la búsqueda (Voto del juez Maqueda y del conjuez Morán).

Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
MARCAS Y DESIGNACIONES
La utilización de una marca notoria ajena como palabra clave en un buscador -Google-, debe analizarse en relación a su efecto enla apreciación del usuario medio, normalmente informado, razonablemente atento, con cierta aptitud para interpretar la información que se le facilita, y a fin de establecer esa apreciación, se considerará, por ejemplo, la estructura del anuncio patrocinado (ej. título, descripción y nombre de dominio utilizado), la posibilidad de distinción entre éste y los resultados orgánicos de la búsqueda, así como otros componentes del diseño de la página de resultados del motor de búsqueda (search engine results page) que puedan provocar la probabilidad de confusión o conexión (Voto de juez Maqueda y del conjuez Morán).

Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
MARCAS Y DESIGNACIONES
La protección jurídica de una marca busca en esencia preservar su función diferenciadora de productos y servicios, y se instrumenta mediante el requisito de aptitud distintiva necesaria para el registro de un signo como tal y en ese sentido, si bien las marcas desempeñan también otras funciones —por ejemplo, función publicitaria, de garantía de calidad, de identificación de origen, de competencia, de inversión—, éstas se subordinan al cumplimiento de esa función diferenciadora que surge desde la aptitud o carácter distintivo de la marca (Voto de del juez Maqueda y del conjuez Morán).

Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:2187 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-2187

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