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Fallos: 347:1969 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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v. El 6 de mayo de 2022, Goyeneche presentó un nuevo escrito en el que recusó al jurado Smaldone por una causal sobreviniente. Ese mismo día se dio traslado al recusado. Se integró el jurado con la jueza Medina para resolver el planteo y se lo desestimó.

45 Que el 24 de mayo de 2022, el Jurado de Enjuiciamiento -presidido por Mulone e integrado por Schumacher; Gay, Carubia, Smaldone, García Garro y Zavallo- decidió, por mayoría, destituir a Goyeneche con base en las causales de "conducta pública o privada incompatible con las funciones a su cargo" y "mal desempeño de sus funciones" art. 15, incisos 6 y 9" de la ley 9283).

Para resolver de ese modo, el órgano juzgador desestimó las cuestiones preliminares planteadas por la enjuiciada y tuvo por probados los hechos que se le imputaron. Sobre esa base, consideró que Goyeneche había incumplido sus deberes como fiscal en la causa "Beckam", que le imponían llevar a cabo una investigación objetiva y transparente y la obligaban a inhibirse en caso de tener alguna relación con los imputados.

Más concretamente, el Jurado explicó que la funcionaria conocía el vínculo del contador Opromolla con el ilícito desde el comienzo de la investigación. Destacó que la propia Goyeneche había reconocido esa circunstancia, aunque la había minimizado al afirmar que solo se trataba de un "estado de sospecha" que fue "confirmándose" con el devenir de la pesquisa. Le reprochó que, pese a ello, tardó más de seis meses en apartarse de la causa, cuya coordinación investigativa estaba a su exclusivo cargo.

5 Que, contra el pronunciamiento que la destituyó, Goyeneche dedujo un recurso de inconstitucionalidad local que fue rechazado por el Superior Tribunal de Entre Ríos.

Para así resolver, la corte provincial recordó el acotado margen de revisión que tienen los jueces en asuntos de naturaleza política y sostuvo que la destitución debía ser convalidada porque la apelante no había logrado acreditar infracciones al debido proceso que fueran graves y determinantes.

En lo que a este recurso interesa, corresponde reseñar algunos de los agravios que Goyeneche llevó a conocimiento de la corte entrerriana, así como también los argumentos con los que el tribunal local los desestimó.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1969 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1969

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