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Fallos: 347:1707 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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V-

Opino, por lo tanto, que corresponde declarar la procedencia del recurso extraordinario interpuesto y dejar sin efecto la sentencia apelada. Buenos Aires, 4 de noviembre de 2021. Laura Mercedes Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires 5 de noviembre de 2024.

Vistos los autos: "Chaparro, Miguel Ángel c/ UBA - Facultad de Derecho s/ proceso de conocimiento".

Considerando:

Que esta Corte hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir por razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y devuélvase.

Horacio RosaTTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ (en disidencia) — Juan CARLOos MAQUEDA (en disidencia) — RICARDO Luis LORENZETTI — SÁNCHEZ ABEL GUILLERMO (según su voto).

VoTo DEL SEÑOR ConJuEZ Doctor Don ABEL SÁNCHEZ TORRES Considerando:

Que en la presente causa la cuestión a decidir se circunscribe a determinar si el actor -quien obtuvo el título de abogado en la Universidad Nacional de Buenos Aires- cumple los requisitos para acceder al diploma de honor, de conformidad con lo dispuesto por la resolución CS 4571/2008.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1707 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1707

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