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Fallos: 347:1340 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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rios y se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.

CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ.

Recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional - M° Seguridad (Policía de Seguridad Aeroportuaria), parte demandada, representado por el Dr. Daniel Alejandro Giuliano.

Traslado contestado por la parte actora representada por la Dra. Magdalena Luisa Olmedo.

Recurso extraordinario interpuesto por los actores, representados por la Dra. Magdalena Luisa Olmedo.

Traslado contestado por el Estado Nacional - M° Seguridad (Policía de representado por el Seguridad Aeroportuaria), parte demandada, representado por el Dr: Daniel Alejandro Giuliano.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10.

CARBALLUDE, GISELLE MELINA c/ OSDE y Otro s/ Daños y
PERJUICIOS - RESP. PROF. MÉDICOS Y AUX.
MALA PRAXIS
Es arbitraria la condena impuesta a una clínica por daños derivados de la atención médica recibida por la actora, pues al no haberse comprobado fehacientemente la existencia de una falta concreta cometida por sus profesionales o auxiliares, carece de fundamento la decisión de imponerle un deber de garantía derivado de la deficiente atención prestada por el médico de la empresa de medicina prepaga a la que pertenecía la actora, cuando aquélla solo se había comprometido a prestar sus instalaciones, asignando así el fallo un alcance inadecuado a las estipulaciones del contrato celebrado entre el centro asistencial y la empresa de medicina prepaga codemandada que extiende injustificadamente su responsabilidad.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1340 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1340

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