artículo 43) para reclamar la vigencia del derecho a gozar de un medio ambiente sano y equilibrado y el correlativo cumplimiento del deber de preservarlo (Voto de los jueces Rosatti y Maqueda).
RESIDUOS PELIGROSOS
La prohibición de ingreso de residuos actual o potencialmente peligrosos, de los radiactivos al territorio nacional -art. 41 de la Constitución Nacional- no admite excepciones ni morigeraciones infra constitucionales (Voto de los jueces Rosatti y Maqueda).
RECURSO EXTRAORDINARIO
La amplia legitimación que la legislación procesal local puede reconocer resulta irrelevante a los efectos de evaluar los recaudos de intervención de la Corte en la instancia extraordinaria, pues la Constitución Nacional no consiente que normas de naturaleza provincial extiendan la jurisdicción federal a situaciones no previstas por ella; del mismo modo que los estados provinciales no pueden, sin vulnerar la esencia del régimen federal, desconocer la autoridad de aquella en los términos del artículo 14 de la ley 48 para revisar las cuestiones federales decididas en las sentencias definitivas dictadas por los órganos jurisdiccionales más altos de las provincias y tampoco está entre sus poderes crear o extender una atribución que no hace pie en la cláusula de la Constitución que regula la jurisdicción federal (art. 116) (Voto del juez Rosenkrantz).
PODER JUDICIAL
El Congreso de la Nación no cuenta con aptitud para, en ejercicio de sus atribuciones legislativas propias y excluyentes, imponer la intervención del Poder Judicial de la Nación por fuera de los casos que menciona el artículo 116 de la Constitución (Voto del juez Rosenkrantz).
CASO O CONTROVERSIA
La existencia de un caso judicial es una precondición para la intervención de los tribunales nacionales y constituye un requisito sine qua non de su accionar y tan central resulta la concurrencia de un
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1086
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