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Fallos: 346:1380 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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tido en el Estado requirente, toda vez que no demostró cuál fue el perjuicio concreto que la privación de esas pruebas produjo, atento al principio rector en materia de invalidación de los actos procesales penales.

EXTRADICION
Es improcedente el planteo de nulidad deducido contra la decisión que hizo lugar a la extradición y rechazó las pruebas propuestas por la defensa para fundar la invocada persecución ilegítima de su asistido en el Estado requirente, pues no demostró cuál fue el perjuicio concreto que la privación de esas pruebas produjo, máxime cuando el juez de la causa se ocupó en los acápites de la sentencia apelada acerca de la pretendida ilegitimidad de la persecución penal en el país extranjero, al descartar el carácter político del delito objeto del proceso, y al desechar los riesgos denunciados por quien recurre desde el punto de vista de la prohibición contra la aplicación de penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

EXTRADICION
Es improcedente el planteo de nulidad deducido contra la decisión que hizo lugar a la extradición y rechazó las pruebas propuestas por la defensa para fundar la invocada persecución ilegítima sufrida por su asistido en el Estado requirente, pues no logró demostrar que las mencionadas pruebas hubieran tenido la idoneidad suficiente como para haber alterado el sentido de lo resuelto con base en la documentación extranjera remitida, circunstancia que, a la par de trasuntar una falta de fundamentación de su recurso, impide tener por comprobado el perjuicio denunciado y, con ello, la violación al derecho de defensa que ha alegado.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de noviembre de 2023.

Vistos los autos: "Jones Huala, Francisco Facundo s/ extradición"

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1380 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-1380

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