Recurso de queja interpuesto por Milagro Amalia Ángela Sala, asistida por los Dres.
Luis Hernán Paz y Matías Duarte.
Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy.
Tribunal que intervino con anterioridad: Tribunal en lo Criminal n" 3 de Jujuy.
AMARILLA GAS SA c/ M pre ENERGÍA y MINERÍA s/ REcurso
DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
Cabe revocar la sentencia que denegó el reclamo de una empresa fraccionadora y comercializadora de gas licuado de petróleo iniciado contra el Estado por el cual se solicitaba el reconocimiento de mayores costos de transporte de gas, pues los jueces no tuvieron en cuenta que en las actuaciones administrativas no obraba informe alguno de la Comisión de Seguimiento prevista para reclamos como el que efectuó la actora en el Acuerdo de Estabilidad de Precios, por lo cual el acto carecía de motivación válida y constituía causa de nulidad en los términos de los arts. 7 y 14 de la ley 19.549.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso extraordinario es formalmente admisible por hallarse discutida la validez de un acto dictado por una autoridad nacional (resolución 2017-226- APN-MEM) y el alcance de las normas de derecho administrativo de índole federal en cuya virtud se la ha ejercido, y la decisión del superior tribunal de la causa ha sido contraria al derecho que la apelante fundó en ellas (Voto de los jueces Rosatti y Maqueda).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
RECURSO EXTRAORDINARIO
Toda vez que los agravios que sustentan la tacha de arbitrariedad están inescindiblemente unidos a la interpretación del derecho federal,
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1457
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