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Fallos: 344:752 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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POLICIA PROVINCIAL
Si bien la doctrina del precedente "Sindicato Policial" (Fallos: 340:437 ) fue elaborada teniendo en miras al personal policial, no al personal penitenciario, en ambos supuestos, sin embargo, se trata de miembros de fuerzas de seguridad estatales cuya organización, actividades y estatutos legales exhiben una clara similitud.

Del precedente "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social" Fallos: 343:1841 ) al que la Corte remite

POLICIA PROVINCIAL
El régimen jerárquico y disciplinario especial de la policía bonaerense comporta una restricción legal explícita al ejercicio de ciertos derechos derivados de la libertad sindical, ya que es manifiestamente incompatible con la participación del personal en medidas de acción directa pero la mera existencia de tal régimen en modo alguno puede considerarse como una restricción absoluta de la libertad de asociación con fines gremiales, restricción que, con tal alcance, solo podría surgir de una disposición clara y específica de la ley (Disidencia del juez Maqueda que remite a su disidencia en el precedente "Sindicato Policial Buenos Aires" (Fallos: 340:437 )).

POLICIA PROVINCIAL
El hecho de que la organización de las fuerzas de seguridad sea jerárquica y vertical no resulta un factor inhibitorio de la sindicación ni contradictorio con la deliberación democrática y participativa que debe preceder las decisiones y guiar la acción gremial, en primer lugar, porque la jerarquía es propia de toda organización burocrática, sea esta militar, de seguridad o de otro tipo, y, en segundo lugar, porque la deliberación democrática interna en materia gremial no impide que el resultado de esa deliberación se vea plasmado en reivindicaciones unificadas, tal como es práctica en la realidad del mundo del trabajo (Disidencia del juez Rosatti que remite a su disidencia en el precedente "Sindicato Policial Buenos Aires" (Fallos: 340:437 )).

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:752 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-752

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