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Fallos: 344:546 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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cuál sería la facultad privativa de la administración que mediante ese proceder se habrían arrogado los jueces — sentencia que hizo lugar a acción de hábeas corpus que denunciaba un agravamiento en las condiciones de detención por haber sido reducido el salario que percibían los internos que trabajaban en los talleres del establecimiento-, no basta para demostrar la existencia de una auténtica cuestión federal, ni es fundamento bastante para apreciar un supuesto de arbitrariedad.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

SENTENCIA
La sentencia debe entenderse como una unidad lógico -jurídica en la que su parte dispositiva es la conclusión necesaria de las premisas fácticas y normativas que integran sus fundamentos.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

La Sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso interpuesto por la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal contra la decisión de la cámara de apelaciones que confirmó la resolución de primera instancia que, a su vez, había admitido el hábeas corpus presentado en favor de los internos de la Unidad n° 4 de Santa Rosa, provincia de La Pampa.

El pronunciamiento fue impugnado mediante el recurso extraordinario deducido a fojas 235/247 del expediente principal, que al ser denegado (fs. 258/259) dio lugar a la presente queja.

I La acción de hábeas corpus se inició en julio de 2016 y señalaba un agravamiento en las condiciones de detención por haber sido sustancialmente reducido el salario que percibían los internos que trabajaban en los talleres del establecimiento. La disminución, según las autoridades penitenciarias, se debía a un control de asistencia más

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:546 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-546

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