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Fallos: 343:961 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala IL Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n° 10.


BARRACO, VÍCTOR DOMINGO c/ BODEGAS y VIÑEDOS

GIOL (EN LIQUIDACIÓN) s/ CoBRO DE PESOS
RECURSO EXTRAORDINARIO
Si bien el examen de normas de derecho común, de derecho público local y la apreciación de la prueba constituyen, por vía de principio, facultad de los jueces de la causa y no son susceptibles de revisión en la instancia extraordinaria, ello no es óbice para que la Corte pueda conocer en los casos cuyas particularidades hacen excepción a ese principio, con base en la doctrina de la arbitrariedad, ya que con ésta se tiende a resguardar la garantía del debido proceso y la defensa en juicio, al exigirse que las sentencias sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas en la causa.


DEFENSA EN JUICIO
Es arbitraria la sentencia que para resolver el caso hizo mérito del estado de indefensión de la provincia que asumió la representación judicial de la empresa demandada en liquidación, toda vez que las consideraciones referentes a que el oficio agregado era insuficiente para tener por acreditado el conocimiento de la provincia respecto de la existencia del juicio resultan objetables, en tanto el libramiento del mismo no solo fue ordenado en otro proceso en el que ésta tuvo activa participación, sino que se ordenó la remisión de copias certificadas de las actuaciones al juzgado requirente.

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:961 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-961

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