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Fallos: 343:867 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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SEPTIEMBRE

ADEMUS y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE La CIUDAD

DE SALTA y Otro s/ AMPARO SINDICAL
LIBERTAD SINDICAL
Los agravios suscitan cuestión federal bastante que habilita su tratamiento por la vía extraordinaria, pues el a quo consideró violatoria del principio de libertad sindical (art. 14 bis de la Constitución Nacional y Convenio 87 de la OIT) y, por lo tanto, inconstitucional, la resolución 2061/14 que homologó el CCT 1413/14 "E" en virtud de que en la negociación de este fueron excluidos los sindicatos simplemente inscriptos del sector, exclusión que entendió derivada de la aplicación del art. 31, inc. a, de la ley 23.551, norma que también reputó inconstitucional.


DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, en ejercicio de la más delicada de las funciones encomendadas a un tribunal de justicia -entendida como la última ratio del orden jurídico-, declaró la inconstitucionalidad de un precepto de jerarquía legal, concretamente el art. 31, inc. a, de la ley 23.551, sin advertir que no era esa la norma que regía específicamente el caso y proporcionando fundamentos que exhiben una notoria distorsión de la doctrina constitucional establecida por la Corte en la materia.

SINDICATO
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que afirmó que la prerrogativa de los sindicatos con personería gremial para intervenir en las negociaciones colectivas está reglada en el art. 31, inc. a, de la ley 23.551, pues ella se encuentra específica y concretamente en el inc. c de dicho artículo; sobre el cual el a quo no efectuó ninguna objeción en ningún

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:867 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-867

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