REARTE, ADRIANA SANDRA y Otro c/ SUPERIOR
GOBIERNO DE La PROVINCIA DE CORDOBA s/ AmParo
RECUSO DE APELACIÓN
CUESTION FEDERAL
El recurso extraordinario es formalmente procedente toda vez que se ha puesto en cuestión la validez de una ley provincial bajo la pretensión de que es contraria a la normativa federal- libertad sindical - y el a quo ha declarado la validez de dicha ley (art. 14, inc. 2°, de la ley 48).
RECURSO EXTRAORDINARIO
En la tarea de esclarecer la interpretación de las normas federales la Corte no se encuentra limitada por los argumentos del apelante o del a quo sino que le incumbe efectuar una declaración sobre el punto en disputa de acuerdo con el alcance que rectamente les otorgue.
CUESTION FEDERAL
Toda vez que junto a la cuestión federal se plantea también la arbitrariedad del fallo, corresponde examinar en forma conjunta sus agravios si ambos puntos se encuentran inescindiblemente ligados entre sí.
SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
En virtud de ley 8231 de la Provincia de Córdoba los agentes activos y pasivos del servicio penitenciario están sometidos a un "estado penitenciario", esto es, una situación jurídica que resulta de un conjunto de derechos y obligaciones entre los que se destacan: a) el agrupamiento en escalas jerárquicas -individualizadas en grados-, b) la organización en cuerpos y escalafones bajo la primacía de una superioridad, c) el sometimiento a un régimen disciplinario, d) el ejercicio de potestades de mando y disciplinarias, y e) el uso de uniforme; lo que resulta prácticamente idéntico a la actividad policial tanto en el orden federal como en el provincial.
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:767
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