DE VIDO, JULIO MIGUEL y Otros s/ DELITO DE ACCIÓN PÚBLICA
COMPETENCIA
Habida cuenta de que los fondos remitidos por el Ministerio de Planificación Federal de la Nación en el marco de un plan de viviendas habrían ingresado a las arcas del municipio, en principio, resulta de aplicación al caso la doctrina de la Corte según la cual, una vez que aquéllos fueron recibidos e incorporados al patrimonio local, su presunta afectación o uso indebido solo causaría un perjuicio a sus rentas y no al Estado nacional, por lo que corresponde a la justicia local entender acerca de los hechos presuntamente delictivos que pudieron haberse cometido desde entonces.
Del precedente "Incidente N" 1 - Imputado: Nivello, Germán Andrés s/ incidente de incompetencia" del 20 de febrero de 2018 al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia entre el Juzgado Criminal y Correccional Federal n" 11 y la Oficina Judicial Penal de Rawson, provincia del Chubut, se suscitó en la causa instruida con motivo de las irregularidades denunciadas en la ejecución del "Programa Federal de Construcción de Viviendas" y del "Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas", suscriptos por el Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios de la Nación con las distintas provincias, en atención a los problemas habitacionales de los sectores sociales postergados fs. 43/48 del agregado).
El magistrado federal declinó su intervención a favor de la justicia provincial, pues entendió aplicable al caso la jurisprudencia de V.E. según la cual corresponde a esa jurisdicción conocer de los hechos presuntamente delictivos que pudieron haberse cometido con los fondos remitidos por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, que fueron recibidos e incorporados al patrimonio local, pues la presunta afectación o uso indebido de aquéllos por
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:593
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