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Fallos: 343:2293 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Por un lado, al remitir a la sentencia del tribunal oral, el a quo tuvo en cuenta que los integrantes de la familia P fueron contestes al declarar que enla chacra en cuestión observaron diariamente movimientos de vehículos particulares y otros pertenecientes al ejército, soldados de uniforme y personas de civil que hacían guardia en sus inmediaciones, y que desde que el personal militar arribó al lugar "era habitual por las noches escuchar gritos, quejidos y lamentos angustiosos de mujeres y hombres" (fs. 50 vta.).

También señaló que, según la misma sentencia, Ana María B Daniel Angel P y Petronila G de P relataron que días después del 3 de mayo de 1977, una vez que el personal militar había abandonado la finca, vieron en su interior "cantidad de gasas compresas y algodones ensangrentados, un elástico de cama metálico con gomas, cables que iban desde el elástico al enchufe, un teléfono, diversas manchas de sangre, entre otros". Y que este dato fue corroborado en el debate por Neri B, quien también visitó el lugar después de que los militares se retiraran de allí (fs. 50 vta.). Por lo que se debe destacar que si bien la recurrente cuestionó la veracidad de los testimonios de la familia P (fs.

107/109), ellos encontraron sustento, según el a quo, en la indubitada declaración de aquella testigo.

Además, un indicio en el mismo sentido se desprende de las placas fotográficas de la chacra, obtenidas el día 10 de mayo de 1977 e incorporadas como prueba en esta causa, en las que se observa, entre otras cosas, un camastro y una escalera de metal de una pileta colocada de forma horizontal en el suelo de una de las habitaciones del inmueble.

Según el a quo, esos elementos se corresponden con las denominadas "parrillas" que describieron numerosos testigos y víctimas de la represión ilegal como las utilizadas para aplicar pasajes de corriente eléctrica en los centros clandestinos de detención (fs. 87 vta.).

En cuanto a la privación de la libertad de la víctima, la cámara ponderó el testimonio de Valentín B, el cual, según afirmó, declaró que el día 3 de mayo de 1977 se hizo presente en su domicilio una persona joven "desaliñada", vestida con un saco a rayas, el pecho descubierto y descalza, con una herida visible en el dedo gordo del pie derecho, y le dijo que era M, que hacía días que lo tenían secuestrado y que venía "desde unas diez cuadras". En ese momento, de acuerdo con el testigo, M señaló la ruta con su brazo en dirección al paraje "El paraíso", y luego comenzó a caminar hacia la cantera "Albión", tras lo cual B vio pasar un vehículo a baja velocidad con fres personas a bordo, que al rato pasó nuevamente con sólo dos. Añadió que ello le llamó la atención, y que ya en presencia de su hija, Neri, observó aun

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2293 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-2293

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