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Fallos: 343:2234 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Políticos de Argentina, erigiéndose como una figura representativa de la postura política y de los intereses que defiende. En efecto, el hecho que refleja la publicación cuestionada no es más que una manera de expresar la posición que la demandante sostiene públicamente en de fensa de los intereses mencionados.

11) Que asimismo, la publicación que motivó el reclamo de la señora Pando de Mercado se encuentra vinculada a un asunto de interés público. Ello así pues, con el estilo propio del medio de comunicación en cuestión -tema que será abordado con posterioridad—, la contratapa del ejemplar de la revista hacía referencia a lo que había sido la protesta llevada a cabo en el año 2010 por esposas y familiares de militares que se encontraban presos por causas en que se investiga la comisión de crímenes de lesa humanidad, entre las que se encontraba la actora. En tal oportunidad, se encadenaron a las rejas del edificio Libertador, sede del Estado Mayor del Ejército y del Ministerio de Defensa con el propósito de que se les concediera una audiencia ante la entonces ministra de defensa y las autoridades castrenses.

Por ende, el hecho que da origen a la publicación controvertida pretende referir a un reclamo que se realizó en un espacio público y que reflejaba el cuestionamiento que un grupo determinado de personas, entre las que se encontraba la demandante, realizaba respecto de los procesos penales por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar y de las políticas que sobre la cuestión llevaban adelante las autoridades del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas.

No caben dudas de que así como existe en nuestra sociedad un especial interés respecto del desarrollo de estos procesos judiciales y de las políticas públicas de justicia, verdad y memoria, idéntico efecto produce el debate, la discusión y el cuestionamiento que con motivo de ellos puedan suscitarse.

12) Que a más de las circunstancias destacadas precedentemente atinentes al carácter público que reviste tanto el asunto como la persona involucrada, determinar si en el caso la publicación efectuada por la demandada goza de tutela constitucional, exige ponderar también las características del contexto en el que aquella tuvo lugar: Ello así, pues la ponderación del medio en el que se inserta constituye un elemento de importancia a considerar al tiempo de valorar una publicación

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-2234

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