COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL y OTROS
SERVICIOS PÚBLICOS DE BRANDSEN LIMITADA c/
ESTADO NACIONAL (MISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE
ENERGÍA) s/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA
HONORARIOS
En mérito a que la Corte se declaró incompetente para entender en forma originaria y ordenó la remisión a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, no corresponde que dé curso al pedido de regulación provisoria de honorarios.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de febrero de 2019.
Autos y Vistos:
En mérito a que a fs. 2011/2016 este Tribunal se declaró incompetente para entender en forma originaria en estas actuaciones y ordenó la remisión -junto con el expediente acumulado- a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, no corresponde que esta Corte dé curso al pedido de regulación provisoria de honorarios formulado a fs. 2018/2018 vta. por los doctores Juan de Dios Cincunegui y Fernando Ruiz Magadán (arg. causa CSJ 2103/2002 (38-P)/CS1 "Polerio, Norberto c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios", sentencia del 24 de abril de 2007). De tal manera, estese a la remisión allí dispuesta.
Así se decide. Notifíquese.
CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsCO —
JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI — HORACIO ROSATTI.
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:98
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