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Fallos: 341:1680 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
La potestad administrativa para declarar la nulidad absoluta encuentra suficiente justificación en la necesidad de restablecer sin dilaciones el imperio de la juridicidad, comprometida por la existencia de un acto afectado de nulidad absoluta y que, por esa razón, carece de la estabilidad propia de los actos regulares y no puede generar válidamente derechos subjetivos de los particulares frente al orden público interesado en la vigencia de la legalidad.


REVOCACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
La limitación impuesta a la potestad revocatoria de la Administración es una excepción establecida en protección de los derechos subjetivos generados por el propio acto irregular, por consiguiente, el facultado para solicitar la declaración de nulidad de un acto revocatorio de un beneficio es, exclusivamente, el destinatario del acto revocado.


REVOCACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
La potestad revocatoria de la Administración de los actos irregulares renace cuando el titular de los derechos subjetivos nacidos de aquellos ha conocido el vicio que afecta al acto irregular.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

El Máximo Tribunal corre traslado a esta Procuración General, a fin de que se expida sobre la presentación de fojas 6144, por medio de la cual el Estado Nacional -Ministerio de Defensa- denunció prejudicialidad respecto de la causa n" 1338, "Boffil, Alejandro Arturo y otros" en proceso por ante el Tribunal Oral Federal n? 5- y solicitó la suspensión del trámite de estas actuaciones hasta el dictado de la sentencia en sede criminal, en los términos del artículo 1101 del Código Civil cfse. fs. 6144/6145 y 6219, del expediente principal, al que me referiré en lo sucesivo, salvo aclaración en contrario).

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1680 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-1680

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