constituir blanqueo de capitales o de financiar el terrorismo- señaló que "una norma no puede ser considerada como "ley" a no ser que esté formulada con la suficiente precisión para permitir al ciudadano que regule su conducta: el ciudadano debe ser capaz -si es necesario, con el asesoramiento apropiado- de prever, hasta donde sea razonable y atendiendo a las circunstancias, las consecuencias que puede acarrear una acción determinada". Indicó que "ya ha reconocido la imposibilidad de alcanzar una certeza absoluta en la formulación de las leyes y el riesgo de que la búsqueda de tal certeza traiga como consecuencia indeseada una rigidez excesiva"; y que muchas leyes "están inevitablemente formuladas en términos que, en mayor o menor medida, son imprecisos y cuya interpretación y aplicación son cuestiones de práctica" (sentencia del asunto "Michaud v. France" del 6 de diciembre de 2012, párr. 96).
En la misma ocasión, el Tribunal Europeo consideró que la expresión "sospecha", que contenían las normas puestas en crisis en ese caso, era "una cuestión de sentido común y que un grupo de personas bien informadas, como son los abogados, no se encuentra en posición de alegar útilmente que no lo entiende". Desechó así la alegación del demandante en cuanto aducía que las disposiciones del Código Monetario y Financiero francés carecían de claridad al exigir a los abogados que notifiquen o reporten "sospechas" de determinadas operaciones ilícitas (párrs. 59, 95 y 97 del caso "Michaud").
79) Que con relación al régimen legal cuestionado en este pleito, cabe advertir, en primer lugar, que no parece posible realizar a priori una descripción acabada de todas y cada una de las operaciones de financiamiento del terrorismo y de lavado de activos que sea dable imaginar, toda vez que estas pueden involucrar múltiples combinaciones de hechos y actos jurídicos, con intervención directa o encubierta de diferentes sujetos. No obstante ello, el art. 303 del Código Penal, referente al lavado de activos, es explícito en cuanto castiga al que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare o disimulare bienes provenientes de un ilícito penal, y también al que "de cualquier otro modo pusiere en circulación en el mercado" dicha clase de bienes, con la consecuencia posible de que adquieran la apariencia de tener un origen lícito. Esta norma permite comprender cuáles son las conductas punibles por ser evidente el contexto de situación y, por la misma razón, delimita la tarea del profesional de derecho en su cometido de evaluar si la operación es o no sospechosa.
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1042
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