341 llos: 314:424 , °Pupelis", y 320:1166 , "Cafés La Virginia SA"), lo que no se encuentra configurado en el sub lite.
Para más, los restantes planteos que han sido traídos a conocimiento de la Corte Suprema corresponden a la etapa de aplicación de la ley y no pueden ser decididos en el acotado marco cognitivo de esta acción declarativa de certeza, donde se controvierte la validez general de la ley. La Corte Suprema ha dicho que el examen constitucional no puede llevarse a cabo sino en el ámbito de las previsiones en ellas contenidas y de modo alguno sobre la base de los posibles o eventuales resultados de su aplicación, pues ello importaría valorarlas en mérito a factores extraños (doctr. S.C., G. 439, L. XLIX, "Grupo Clarín SA y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/ acción meramente declarativa", 29 de octubre de 2013).
VI-
Por todo lo expuesto, opino que cabe rechazar el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada. Buenos Aires, 2 de febrero de 2016. Alejandra Gils Carbo.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2018.
Vistos los autos: "Colegio de Escribanos de la Provincia de Bs. As.
c/ PEN s/ sumarísimo".
Considerando:
19) Que la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, rechazó la demanda interpuesta por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 14, inc. 10; 20 y 21, incs. b y c, de la ley 25.246, así como de la resolución UIF 10/2004 -posteriormente sustituida por la resolución UIF 21/2011-, en tanto obligan a los escribanos públicos a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre toda operación sospechosa de lavado de activos o financiación del terrorismo.
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1032
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