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Fallos: 341:1015 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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SEPTIEMBRE

BIELMA, JUAN HERACLIO c/ ESTADO NACIONAL

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS)
s/ Ley 18.345

INDEMNIZACION
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que sostuvo que era evidente la decisión del Poder Ejecutivo de excluir las indemnizaciones debidas a ex trabajadores de YPF de la consolidación de la ley 25.344 ya que, al estar este supuesto expresamente previsto en el art. 5° de la ley 25.471 de la que el decreto 1077/2003 en su reglamentación; en el art. 72 de la ley 25.725 y en el art. 68 de la ley 11.672, carece de todo sustento afirmar que mediante el decreto 1077/2003, norma de rango inferior y que nada prescribe al respecto, el Poder ejecutivo tuvo esa intención.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2018.

Vistos los autos: "Bielma, Juan Heraclio c/ Estado Nacional (Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos) s/ ley 18.345".

Considerando:

19) Que la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca rechaZó la apelación que el Estado Nacional interpuso contra la sentencia de primera instancia que había ordenado que en la etapa de ejecución el perito contador determine el monto de la condena de conformidad con las pautas establecidas por la ley 25.471 y el decreto 1077/2003; y dispuesto que a partir del 19 de enero de 2003 y hasta el efectivo pago del crédito devengue el interés previsto por el art. 6" de la ley 23.982.

Contra tal pronunciamiento, el Estado Nacional dedujo recurso extraordinario, que fue parcialmente concedido a fs. 192/194.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1015 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-1015

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