14) Que a la luz de dicho principio, como datos no controvertidos que surgen de la sentencia recurrida y de la consulta de la página web de la Junta Electoral Provincial (http://www.electoraltucuman.gov.ar/ index.php), cabe tomar como información numérica de relevancia la correspondiente a mesas y cantidad de votantes y electores.
Con relación al primer elemento, surge que fueron habilitadas en todo el territorio de la provincia 3601 mesas, distribuidas en tres circunscripciones o secciones electorales. De dicha cantidad, el acto electoral se llevó a cabo sin irregularidades en 3539 mesas que formaron parte del escrutinio definitivo, que representa un 98,278 del total habilitado. En cambio, 46 mesas fueron anuladas por hechos de violencia, cantidad que significa un 1,277 del total habilitado, mientras que en otras 16 se llevó a cabo normalmente la elección pero fueron anuladas por la Junta Electoral Provincial al realizar el escrutinio definitivo, arrojando un 0,444 del total habilitado. De manera que el total de mesas anuladas ascendió a 62, significando un total inválido de 1,722 del total habilitado.
En lo que concierne a la información numérica sobre votantes y electores, la cantidad de electores que participaron como votantes en los comicios —para la elección en los cargos de Gobernador y Vicegobernador- en las 3539 mesas no invalidadas ascendió a 952.577, que corresponde a un 85,107 del total de 1.119.260 personas que integraron el padrón. El total de electores correspondientes a las 46 mesas anuladas por hechos de violencia —en que se convocó a elecciones complementarias— ascendió a 14.745, que significa un 1,317 del padrón y un 1,548 del total de votantes; mientras que el total de electores correspondiente a las 16 mesas anuladas por la junta durante el escrutinio definitivo ascendió a 5245 electores, que significa un 0,468 del padrón y un 0,550 del total de votantes. De ahí, que el total de 19.990 electores de las mesas anuladas alcanzó el 1,785 del total del padrón, y el 2,098 del total de votantes en mesas válidas.
Si se toma en consideración que, para los cargos mencionados, la Alianza Frente para la Victoria obtuvo 491.951 votos que representaron el 51,64, y que el Frente Acuerdo para el Bicentenario logró 380.418 votos que significaron un 39,94, la diferencia numérica de 111.533 sufragios supera el quíntuple de los electores de las mesas anuladas y esa es la circunstancia decisiva que jamás pudo soslayar el tribunal de la causa para sostener constitucionalmente su decisión. Carga
Compartir
46Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2017, CSJN Fallos: 340:932
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-932
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 340 Volumen: 1 en el número: 934 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos