tores federales de las provincias intervenidas, del gobernador del -por entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y del intendente de la ciudad de Buenos Aires, que en esa época era designado por el Presidente de la Nación; disolvió el Congreso de la Nación, las legislaturas provinciales, la Sala de Representantes de la ciudad de Buenos Aires y los concejos municipales de los municipios de provincia; removió a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Procurador General de la Nación, al Procurador General del Tesoro y a los integrantes de los tribunales superiores de provincia y suspendió las actividades gremiales de trabajadores, empresarios y profesionales (Junta Militar, "Acta para el Proceso de Reorganización Nacional del 24 de marzo de 1976, puntos 2,3, 4,5, 6y 8).
b) respecto del sistema de partidos: al momento de asumir el gobierno militar decidió asimismo "suspender la actividad política y de los Partidos Políticos a nivel nacional, provincial y municipal" (Junta Militar, "Acta..." cit., punto 7); €) respecto de la explicación ideológica y unidimensional de la historia patria: para justificar la necesidad del golpe de Estado se apeló a una brumosa y discutible noción del "ser argentino" —que había sido extraviada y necesitaba ser recuperada- caracterizada por ciertos atributos morales, por la tradición nacional y los valores de Occidente Junta Militar, Acta del 24 de marzo de 1976, puntos 2.2, 2.6, 2.8 y 2.9).
Sin mengua de la relevancia axiológica de estos atributos, lo cierto es que la particular articulación que de los mismos formuló el régimen militar de entonces terminó por convertirlos en una amalgama sesgada e ideologizada de la realidad.
d) respecto del "mito político" convocante: de modo recurrente el gobierno militar invocó, como factor aglutinante, la existencia del citado "Ser Nacional" (Junta Militar, "Proclama" del 24 de marzo de 1976 por la que informa la asunción del poder), evidente y omnipresente, emparentado con los orígenes mismos de la Nación, que encarnaría valores inmaculados, vincularía a los protagonistas de la gesta emancipadora y permitiría distinguir, según la lógica política binaria del "amigo-enemigo", a los defensores del Orden (un Orden que todos entenderíamos del mismo modo) y a sus detractores das oscuras fuerzas del Mal), propiciadores de la disolución nacional.
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:511
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