BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
De conformidad con el art. 6°, inc. 5", del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el pedido de beneficio de litigar sin gastos será juez competente el que deba conocer en el juicio en que aquél se hará valer.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
CONFLICTO DE COMPETENCIA
A los fines de dilucidar cuestiones de competencia, ha de estarse, en primer término, a los hechos que se relatan en el escrito de demanda y después, y sólo en la medida en que se adecue a ellas, el derecho que se invoca como fundamento de la pretensión, así como a la naturaleza jurídica de la relación existente entre las partes.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
JURISDICCION Y COMPETENCIA
La materia y las personas constituyen dos categorías distintas de casos cuyo conocimiento atribuye la Constitución Nacional a la justicia federal art. 116), y en uno u otro supuesto dicha jurisdicción no responde a un mismo concepto o fundamento, sino que en el primero lleva el propósito de afirmar atribuciones del gobierno federal en las causas relacionadas con la Constitución, tratados y leyes nacionales, así como las concernientes al almirantazgo y jurisdicción marítima, mientras que en el segundo procura asegurar, esencialmente, la imparcialidad de la decisión, la armonía nacional y las buenas relaciones con los países extranjeros.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Corresponde que la justicia provincial -y no la federal- conozca en la pedido de declaración de pobreza si en el proceso principal se promoverá demanda por daños y perjuicios contra personas físicas y jurídicas a los que los coactores atribuyen responsabilidad por el siniestro en el que falleció el hijo de ambos -compañía de gas, provincia de Santa Fe, municipio de Rosario, consorcio de propietarios y otras personas- pues la materia a debatir será propia del derecho común y, eventualmente, de derecho público local, si se decidiera dirigirla también contra la provin
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:137
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