dera, en virtud de habérsele presentado un certificado del dueño 6 encargado del campo, donde le consta que se trabajó, y ú foja 79, D. Elías Santiago declara que compró áD. Lázaro Gibaja la angada de esa inadera, con la condicion de que le daría los despachos prontos; y á foja 80, D. Lázaro Gibaja vuelve á declarar que la madera la compró ú D. Juan Congot con certificado de D. Cárlos Rosetti, como encargado de los campos de Lezama, que es donde trabajaba y trabaja Congot, y á foja 82, D. Juan Molero declara que el Sr. Gibaja le pidió para que en calidad de agente le hiciera despachar una balsa de maderas, presentándole un certificado de propiedad, y á foja 85, D. Cárlos Rosetti declara ser efectivamente cierto haber estendido á favor de Congot un certificado y autorizacion para cortar maderas enel obrage que seestableció en Piray; y á foja 90, D. Juan Congot declara que el fué el dueño y el conductor de la madera sacada de los montes del Sr. Lezama, entre Piray y Paranay, madera que vendió al llegar á este puerto y el mismo día de su llegada, á D. Lúzaro Gibaja, entregándole una guía ó certificado firmado por el guarda de Santa Ana y además un certificado de D. Cárlos Rosetti, á pesar de que a! ponérsele de manifiesto ambos documentos, declaró que el certificado era el mismo y la guía no, por cuanto la que él trajo se hallaba es'endida en papel simple y no había autorizado á nadie para que firmara por él ó á su ruego, y á foja 95 se encuentra un poder especial otorgado por D. José Gregorio Lezama ú D. Cárlos Rosetti, ante el Escribano Artola, de Buenos Aires, con fecha 11,de Setiembre de 1883, para que pueda administrar todos los terrenos que tiene en Misiones y hacer contratos de cortes de maderas, y á foja 117, D. Domingo Barthe manifiesta no haber vendido álos Sres. Urmeneta y Santiago madera alguna en la fecha áque se refiere la denuncia, pues él en esa época !se encontraba en Buenos Aires, ni anteriormente tampoco, Que la madera que vendió á esos señores fué racien en el mes
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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:204
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