Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 34:135 de la CSJN Argentina - Año: 1888

Anterior ... | Siguiente ...

CAUSA € Menichetti y Dattini contra Don Clodomiro Arancibia y doña Maria R. Arancibia, por cobro ejecutivo de pesos; sobre competencia.

Sumario.—1° En los pagarés á la órden trasmitidos por vía de endoso, no es aplicable el artículo octavo de la ley sobre competencia de los Tribunales Federales.

2. Siendo estrangeros los endosatarios ejecutantes y los deudores, la justicia federal es incompetente para conocer en la ," ejecucion.

Caso.— Los cónyuges Arancibia, estrangeros, otorgaron un pagaré á la órden á don José M. Ulloque, argentino. Este endosó el pagaré á Menichetti y Bottini, estrangeros, quienes demandaron su abono contra los deudores.

Opuesta la excepcion de incompetencia, se dictó el siguiente Fallo del Juez Federal San Luis, Octubre 8 de 1887.

Vistos: por lo que resulta de autos; y Considerando: 1 Que el artículo 270 de la ley de Procedi

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

47

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1888, CSJN Fallos: 34:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-34/pagina-135

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 34 en el número: 135 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos