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Fallos: 339:1711 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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II-
Por lo tanto, opino que corresponde a la Justicia Federal, continuar conociendo en la causa, sin perjuicio de lo que resulte de la ulterior investigación (Fallos: 323:3867 ). Buenos Aires, 31 de octubre de 2016. Irma Adriana García Netto.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2016.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal de Santa Rosa, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado de Control de la Primera Circunscripción Judicial, Provincia de La Pampa.

RiCARDO Luis LoRENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — JUAN

CARLOS MAQUEDA.
N.N. s/ AVERIGUACIÓN DE CAUSALES DE MUERTE

ACCIDENTES AEREOS
Corresponde a la justicia federal investigar la colisión en el aire y la posterior caída a tierra de dos avionetas si, más allá del incipiente estado en que se encuentra la investigación y de la significación penal que en definitiva quepa asignarle al hecho, no puede descartarse que éste hubiese afectado la seguridad de la navegación aérea.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1711 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-1711

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