Esa sentencia fue revisada y confirmada el 14 de mayo de 2014 por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, quien rechazó los recursos interpuestos, entre otros, por el aquí actor.
Por último, de acuerdo al mencionado informe, el actor está siendo juzgado en la causa "ESMA Unificada", causa nro. 1282 y sus acumuladas, cuyo debate oral está actualmente en curso ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 5 de esta ciudad. En ese marco, se encuentra imputado en diversas causas elevadas a juicio (causas nro. 1273 caratulada "Acosta, Jorge Eduardo y Radice, Jorge Carlos s/ infracción art. 167 del Código Penal"; causa nro. 1286 caratulada "Acosta, Jorge Eduardo s/ PIL, torturas, extorsión, asociación ilícita y falsificación de documentos"; y causa nro. 1328 caratulada "Acosta, Jorge Eduardo s/ robo, extorsión y falsificación de documentos", todas ellas del registro del mencionado tribunal).
VI-
En este escenario, entiendo que cabe hacer lugar a los agravios traídos por la ANSES.
Del relato efectuado surge que Jorge Eduardo Acosta ha sido condenado en dos ocasiones por la comisión de graves delitos de lesa humanidad. En efecto, en una de las causas se juzgó su actuación como Jefe de Inteligencia por los crímenes cometidos en el centro clandestino de detención, tortura y exterminio que funcionó en el casino de oficiales de la Escuela Mecánica de la Armada -uno de los centros más emblemáticos del terrorismo de Estado, en el que fueron desparecidas aproximadamente cinco mil personas-. Asimismo, en el otro juicio se evalúo su responsabilidad en casos de sustracción, retención y ocultamiento de niños, la mayoría de los cuales había nacido en cautiverio. En este sentido, cabe destacar que ambas sentencias condenatorias satisfacen la garantía del doble conforme (art. 8, inc. 2, ap. h, Convención Americana de Derechos Humanos; art. 14, inc. 5, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), en tanto fueron revisadas y confirmadas por la Cámara Federal de Casación de Penal. Por consiguiente, en ambos casos, únicamente resta la revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es de carácter excepcional.
Para más, corresponde recordar que el aquí actor cuenta con diversos procesamientos en el marco de la causa conocida como "ESMA Unificada", en la que se investiga la responsabilidad penal de sesenta y siete imputados por los delitos cometidos contra más de setecientas víctimas.
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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:820
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