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Fallos: 338:697 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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N.N. s/ INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
JURISDICCION Y COMPETENCIA
Si los hechos a investigar -estafa y falsificación de documento privadoconcurren en forma ideal, corresponde que investigue el juez del lugar donde el documento adulterado fue utilizado y se ocasionó el concreto y efectivo perjuicio patrimonial (Fallos: 325:261 ).

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.

COMPETENCIA TERRITORIAL
Corresponde a la justicia nacional -y no a la provincial- investigar la estafa cometida mediante, entre otros, una factura adulterada recibida a través de un correo electrónico en un domicilio de la Capital Federal, ámbito territorial en el que además, se pagó la seña del alquiler de un inmueble ofrecido en una página de internet.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 17, y el Juzgado de Garantías N" 2 del departamento judicial de Azul con asiento en Tandil, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa iniciada con motivo de la denuncia de Eduardo C .

Dijo allí que una persona desconocida asumió falsamente su identidad, valiéndose de su Cédula de Identidad del Mercosur, expedida por la Policía Federal Argentina, y ofreció en alquiler una casa en Mar del Plata, a través de la página de internet "mercado libre", y que de ese modo Erica Andrea P se contactó con esa persona y, luego, de intercambiar una serie de correos electrónicos, le remitió copia de ese documento de identidad, y de una factura de "Direct TV", que figuraba como asignada a esa vivienda de la costa. Por ello, esta última, le pagó

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:697 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-338/pagina-697

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