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Fallos: 337:1516 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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lizar ejercicio habitual de actos comprendidos en su objeto social, establecer sucursal, asiento o cualquier otra especie de representación permanente, debe cumplir ciertos recaudos previstos por la 19.550.

En particular, debe ú) acreditar la existencia de la sociedad con arreglo a las leyes de su país; Gi) cumplir la publicación e inscripción exigidas por esa ley para las sociedades locales, y fijar un domicilio en el país; y Gii) justificar la decisión de crear dicha representación y designar una persona a cargo. Además, en el caso de la sucursal, debe determinar el capital que se le asigne cuando corresponda por leyes especiales (por ejemplo, para la actividad bancaria). Cabe destacar que la sucursal de The Bank of Tokio -Mitsubishi UFJ Ltd. se encuentra inscripta ante la Inspección General de Justicia, como así también está autorizada para funcionar en nuestro país por el Banco Central de la República Argentina (Información pública disponible en www.bcra.gov.ar).

Además, los artículos 120 y 121 de la ley 19.550 establecen determinados recaudos en materia de contabilidad y de responsabilidad de los representantes. De este modo, el artículo 120 dispone que las sucursales deben llevar en el país contabilidad separada de la casa matriz y someterse al contralor que corresponda al tipo de sociedad. La contabilidad separada es especialmente importante a los efectos de determinar la carga tributaria de ese ente. Por su lado, el artículo 121 prevé que el representante de sociedad constituida en el extranjero contrae las mismas responsabilidades que prevé la ley 19.550 para los administradores.

En tal sentido, si bien la ley 19.550 reconoce la extraterritorialidad de las sociedades extranjeras y ello explica el primer párrafo del artículo 118 de la ley, su actuación en nuestro país se encuentra regida por la ley 19.550.

Ello es dirimente a los efectos impositivos y, en particular, de la ley 23.966, que grava a las personas físicas domiciliadas en el exterior por los bienes situados en nuestro país.

De acuerdo al artículo incorporado por la ley 25.585 los accionistas de The Bank of Tokio -Mitsubishi UFJ Ltd. son gravados por su participación en el capital accionario de la sucursal constituida en nuestro país. Ello es coherente con el sentido del impuesto a los bienes personales en tanto esa tenencia accionaria constituye una manifestación de riqueza vinculada al Estado Argentino.

A los fines del tributo en cuestión, no es relevante que la sucursal localno tenga una personalidad jurídica diferenciada de la casa matriz,

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1516 
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