39) Que de las constancias de la causa resulta que la actora es cesionaria del contrato de obra pública firmado el 24 de septiembre de 1996, mediante el cual la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur adjudicó la realización de la primera etapa de la construcción del Puerto Caleta La Misión.
Tal como surge de diversas pruebas obrantes en el expediente, la provincia no logró encontrar financiación para la obra licitada y ello llevó a la suspensión y posterior paralización de los trabajos por casi diez años (ver fs. 223/226, 250/252, 339/447 y 727/742 vta.).
Ante estas circunstancias, el 15 de septiembre de 2009 la contratista promovió demanda ante el Superior Tribunal de Tierra del Fuego en los términos de los artículos 34, 53 y 54 de la Ley de Obras Públicas 13.064 y solicitó la rescisión del contrato por culpa de la provincia, así como el pago de los daños y perjuicios correspondientes.
4) Que, en su presentación del 8 de noviembre de 2011, la actora denunció la existencia de hechos y documentos nuevos que, según consideró, eran trascendentes para evaluar la procedencia de la pretensión de su parte en este juicio.
Explicó que, ante la paralización de los trabajos y la falta de fondos provinciales para reanudarla, la empresa Servicios Navieros Piedrabuena S.A. Ingeniería Marítima había manifestado su interés en hacerse cargo del financiamiento y continuación de la obra. Por ese motivo la provincia había decidido convocar a la actora y a Piedrabuena para tratar de solucionar el conflicto y continuar con la construcción del puerto.
Señaló que, con este objetivo, se habían firmado la Carta de Intención del 5 de octubre de 2010 (ratificada por decreto 2423 del 29 de octubre de 2010), y la Carta Compromiso del 18 de diciembre de 2010 (ratificada por decreto 358/2011). Y que, en cumplimiento de esta última y con la autorización del Poder Ejecutivo provincial (decreto 2381/11), la actora y Piedrabuena habían suscripto sendos acuerdos de cesión de los derechos y obligaciones derivados del contrato de obra pública, así como de los derechos litigiosos que se encuentran en discusión en este expediente.
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1256
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