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Fallos: 336:928 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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928 336 y, previa devolución del expediente pringinal, oportunamente, archívese la queja.

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ELENAL HIGHTÓN de NOLASCO
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JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAUL ZAFFARONI
//-T0 DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos en el dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, y conforme con lo dictaminado en aquél, se deses-— tima la queja. Notifíquese y, previa devolución del expediente principal, archívese. , 77 1

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ENRIQUE S. PETRACCHI
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:928 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-928

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